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La Inspección de Trabajo en Mallorca
diciembre 21, 2017

La Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Mallorca cuenta con una Dirección Territorial situada en la C/ Miguel Capllonch, 12, cuyos datos de contacto son los siguientes:

Teléfono: 971 77 16 10
E-mail: itbaleares@meyss.es
Página Web: https://www.empleo.gob.es/itss/web/Quienes_somos/Estamos_muy_cerca/listado_centros.html_255789945.html

Además, también existe una Unidad Especializada de Seguridad Social situada en el Passeig de La Rambla, 18.

Esto quiere decir que si recibimos una notificación de la Inspección de Trabajo, podemos ser citados en alguna de las dos sedes mencionadas.

Existen otras Unidades de la Inspección Provincial en Ibiza y Menorca, cada una en su ámbito de actuación.

La Inspección de Trabajo y Seguridad Social, formada por un amplio elenco de Inspectores y Subinspectores, tiene como objetivo la vigilancia del cumplimiento de las obligaciones laborales de empresas y trabajadores. Para ello, puede desarrollar actuaciones preventivas, correctoras o sancionadoras.

Hay cuestiones que todo empresario se pregunta ante una inspección, que repasaremos a continuación.

¿Por qué viene un inspector de trabajo a verme?

“¿Por qué a mi?” Es la pregunta que le viene uno a la cabeza. No hay que alarmarse, aunque la primera reacción es pensar en una denuncia de un trabajador, los motivos pueden ser varios.
Recordemos que la misión de inspectores y subinspectores es la de vigilar que se cumple la Ley, por lo tanto puede visitarnos cuando quieran, sin una causa concreta y sin avisar, aunque normalmente siguen un plan interno emanado de sus superiores.
Muchas veces recorren zonas concretas como polígonos industriales o barriadas y se adentran en los negocios que consideran oportunos. Otras, realizan campañas de vigilancia de sectores concretos, como bares, talleres mecánicos, panaderías, gimnasios, etc.
Por supuesto que también podemos haber sido objeto de una denuncia. En ese caso, el inspector vendrá a comprobar que los hechos que se narran en la denuncia son ciertos o no. Es importante recordar que las denuncias son anónimas.

¿En qué casos no puede entrar un inspector?

Si la actividad empresarial se desarrolla en su domicilio particular, el inspector no podrá entrar, a menos que tenga su consentimiento o tenga una orden judicial que le permita acceder. Sin embargo si pueden acceder libremente a los centros de trabajo.

¿Cómo debo actuar en una Inspección de Trabajo?

Lo primero que debemos tener claro es que un Inspector de Trabajo tiene rango de autoridad, igual que un policía, por lo que debemos facilitar toda la documentación que éste nos solicite.

Si el Inspector se identifica y no le dejamos pasar, puede requerir la actuación policial para entrar por la fuerza, por lo que es conveniente dejarle entrar “por las buenas”, aparte de que se puede considerar una “obstrucción” y tener una sanción adicional de un mínimo de 6.000 euros.
Tanto él, como sus acompañantes debidamente acreditados, pueden tener acceso a cualquier dependencia y además puede exigir al propio empresario o a algún trabajador que le acompañe durante su visita, haciendo las preguntas que considere pertinentes y requiriendo la documentación necesaria.

Un inspector puede identificar a quien él crea conveniente, sea personal de la empresa, un cliente o un proveedor que casualmente se encuentre allí. Además, podrá recoger muestras, hacer mediciones, fotografías de lo que considere necesario y no nos podemos negar a ello.
Nuestro principal consejo es que hay que mostrarse colaborativos y facilitar su labor en la medida de lo posible. Hay que recordar que si obstruimos su labor, seguramente vayamos a ser sancionados.

¿Cuándo se considera que hay obstrucción en una Inspección de Trabajo?

Por todo lo que acabamos de mencionar, no es nada recomendable adoptar una posición desafiante ni chulesca con el inspector, pues estaremos comprando bastantes números para esa lotería que no queremos jugar, en forma de sanción.

Es obvio, pero ¿alguien pondría obstáculos a un inspector si no tiene nada que ocultar? Probablemente no, así que quien intenta obstruir, seguro que tiene algo que ocultar.

En aquellos casos en los que se retrase o impida la actividad de un inspector, se considerará que existe obstrucción y se puede sancionar con una multa de un mínimo de 6.000 euros.

¿Y qué pasará en ese caso?

– Será falta leve el retraso en el cumplimiento de las obligaciones de información, comunicación o comparecencia.
– Por otra parte, se consideran infracciones graves (o muy graves) las actuaciones del empresario que directamente impidan el acceso a un inspector. También podría considerarse una falta grave o muy grave cualquier tipo de amenaza con o sin violencia, tanto al inspector como a sus acompañantes.
– Las sanciones económicas pueden ir desde los 30 € de las leves, hasta los 90.000 € de las muy graves. En muy contados casos la sanción poder mayor, pero es impuesta por el Consejo de Ministros (y cada semana se ponen varias muy importantes).

¿Qué me puede solicitar un inspector?

Respuesta rápida. El libro de visitas, no, ya que dejó de ser obligatorio desde 2016.
En cuanto al resto de documentación, podríamos decir que puede solicitar prácticamente cualquier cosa que considere oportuna. Nosotros, a nuestros clientes, les facilitamos un checklist como el siguiente para que sepan qué documentación deben tener al día:

Docs Inspección de Trabajo

«Recuerde que la documentación laboral y de Seguridad Social debe conservarse al menos 4 años, pues puede ser reclamada en cualquier momento por la Inspección.”

En relación a la Prevención de Riesgos Laborales

La Inspección podrá contar con la ayuda de técnicos de la Comunidad Autónoma para proceder a las comprobaciones que consideren. Más tarde podrán emitir un informe.
Estos informes o actas tendrán presunción de veracidad y por tanto, serán vinculantes y serán tenidos en cuenta a la hora de emitir un veredicto sobre la sanción a aplicar, si la hubiera.
No obstante, normalmente cuando se detectan deficiencias, se solicita que se subsanen en un plazo determinado y además, cómo no, vendrán acompañadas de una sanción económica.
Si no hademos caso del informe que nos emiten para subsanar esas deficiencias, nos caerá un acta de infracción, así que hay que ser escrupulosos en el cumplimiento.

¿Puede un inspector de trabajo recopilar pruebas por su cuenta?

¡Por supuesto! Es más, es habitual que lo hagan.
Un inspector puede hacerse pasar por un posible cliente o proveedor si lo considera oportuno para poder recopilar información o hacer alguna comprobación como el cumplimiento de horarios o las condiciones laborales y además no tienen horario.

Sobra decir que una vez que se haya identificado puede acceder a la documentación que crea conveniente, como por ejemplo:

– Contraseñas de acceso a los equipos informáticos como ordenadores o tablets. Estos equipos podrían ser requisados si se considerase que pueden alterar pruebas o se necesita investigar en profundidad.
– Tomar fotos o videos que luego se pueden usar como prueba.
– Identificación de cualquier persona que se encuentre en el centro de trabajo, requiriendo el DNI en ese instante.

Vale, me han sancionado, ¿qué hago ahora?

Si por desgracia recibimos una sanción, en forma de “acta de infracción”, tenemos un plazo de 15 días hábiles desde la fecha que se recibe por correo certificado, para efectuar alegaciones por escrito ante la autoridad laboral, que en nuestro caso es la Direcció General de Treball, o DGT, como también se conoce.

Sobra decir que si nuestras alegaciones no son admitidas, todavía se podrá presentar un recurso de alzada y también contra su resolución se podrá recurrir ante la Jurisdicción correspondientes.

Es importante revisar bien la notificación del acta para comprobar que no contiene errores, ya que si el inspector se ha equivocado en aspectos fundamentales, se podría anular el procedimiento. El típico ejemplo son los plazos: si recibimos la notificación pasados los 10 días hábiles legales, el procedimiento quedaría anulado, pero podría reabrirse.

Recibir la visita de la  Inspección de Trabajo es más habitual de lo que muchos creen y por ese motivo conviene estar preparados cumpliendo la Ley de manera estricta y si tiene alguna duda, póngase en contacto con nosotros y le ayudaremos.

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