Con la aparición de la Responsabilidad Social Corporativa, las Empresas han dejado de ser entes sin alma para pasar a ser sujetos con cara y ojos ante la sociedad, sobre todo tras los (malos)ejemplos de Enron en América y de Parmalat en Italia.
El consumidor quiere saber cómo es la empresa donde compra. Cuáles son sus procesos, cómo trata a sus empleados, si contamina, etc.
La empresa desempeña hoy un papel muy importante en la vida de las personas, no solo como generadora de empleo y riqueza, sino como agente de desarrollo en las comunidades en la que se encuentran y deben comportarse como “buenos ciudadanos corporativos”, ajustados a la ética y respeto por las personas y el medio ambiente.
Por ello las Empresas empiezan a funcionar de manera “socialmente responsable”, intentando superar la legislación de manera voluntaria. Las empresas han comenzado a adoptar la RSC como resultado de presiones de los consumidores, los proveedores, la comunidad, las organizaciones activistas, los inversores, etc.
Los aspectos más importantes que contempla la Responsabilidad Social Corporativa
- Calidad de vida laboral
- Medio ambiente
- Comunidad
- Marketing responsable
- Ética empresarial
Hasta ahora no había una norma única que la regule como ocurre con los sistemas de Calidad o Medio Ambiente (ISO 9000 ó 14000), pero ya está la norma certificable ISO 26000, aunque hay otros sistemas como puede ser el “Pacto Mundial” de la ONU.
La empresa del futuro no podrá limitarse a ser una mera explotación económica en el sentido tradicional del concepto. Adquirirá un mayor protagonismo en la sociedad en tanto que sea socialmente responsable, lo cual incorpora aspectos como que sus productos y servicios sean aceptados por los ciudadanos, cumpla estrictamente la normativa vigente, sus directivos tengan un comportamiento ético intachable, conceda una importancia adecuada a la relación con sus empleados, sea respetuosa con el medio ambiente o apoye a las personas más desfavorecidas de las comunidades de su entorno.
Definición de la Responsabilidad Social Corporativa por la Unión Europea
La Unión Europea, en su “Libro Verde” de 2001, define así la RSC: «La integración voluntaria, por parte de las empresas, de las preocupaciones sociales y medioambientales en sus operaciones comerciales y sus relaciones con todos sus interlocutores». En el Libro se establece una nueva estrategia global europea para esta década cuyos objetivos son:
- Poseer la economía basada en el conocimiento más competitiva y dinámica del mundo,
- Capaz de conseguir un crecimiento económico sostenible,
- Con mayores y mejores empleos,
- Y una mayor cohesión social
- Todo ello representa una significativa irrupción de conceptos éticos, altamente esperanzadora, en la dinámica de grandes empresas y PYMES.
Con todo ello se introduce un concepto crítico de la gestión de la Responsabilidad Social Corporativa, que es su medida, lo que no es tarea sencilla ante la esencia misma del concepto que requiere precisar de lo que estamos hablando y en el contexto geográfico y social en que nos encontramos, la dificultad de establecer límites con otros conceptos que están en la misma línea, tales como la imagen de empresa o su reputación, y la dimensión funcional, consistente en saber como medir con la fiabilidad necesaria para poder compararnos interna y externamente. Los próximos avances irán precisamente en la estandarización y sistematización de los métodos de medición, con las correspondientes auditorías de RSC.
El Libro Verde citado manifiesta que: «Para practicar la RSC es esencial el compromiso de la alta dirección, así como una forma de pensar innovadora, nuevas aptitudes y una mayor participación del personal y sus representantes en un diálogo bidireccional que pueda estructurar una retroalimentación y un ajuste permanentes. El diálogo social con representantes de los trabajadores, que es el principal mecanismo de definición de la relación entre una empresa y su personal, desempeña un papel crucial en la adopción más amplia de prácticas socialmente responsables».
La Responsabilidad Social Empresarial en España
En España se creó en 2007 el Consejo Estatal de RSE después del excelente trabajo que ha desarrollado la Subcomisión Parlamentaria y que tuvo al diputado socialista Ramón Jáuregui a uno de sus más destacados ponentes.
El documento suscrito en España en 2007, fruto del diálogo social entre empresarios y sindicatos, establece una definición que será la que a partir de ahora deberemos acostumbrarnos a leer y oír: “Un conjunto de compromisos de diverso orden, económico, social y medioambiental, adaptados por las empresas, las organizaciones e instituciones públicas y privadas y que constituye un valor añadido al cumplimiento de sus obligaciones legales, contribuyendo a la vez, al progreso social y económico en el marco de un desarrollo sostenible.”
Uno de los principios fundamentales es la voluntariedad en la adopción de políticas de RSE y otro su globalidad. Ambos principios implican su dificultad, pues ninguna norma puede hoy exigir su cumplimiento y la gran dificultad en el seguimiento de estas políticas en la externalización, cada vez más importante y que en muchas ocasiones alcanza a países remotos y con escaso desarrollo social y económico.
¿Qué no es la Responsabilidad Social Empresarial?
Y una precisión: no es “responsabilidad social empresarial” hacer un donativo, patrocinar un equipo deportivo, etc., esto puede ser simplemente “acción social o mecenazgo” y puede formar parte de la política de RSE de una Empresa, pero no sustituirla, ni tampoco lo es afirmar que a partir de tal fecha no se pagará dinero “negro” a los empleados, como hizo y publicó en su día alguna empresa.
Pero lo importante es empezar a andar y que nos fijemos en las empresas con las que nos relacionamos a diario, si son más o menos socialmente responsable, pues otra de sus características es la publicidad –en el sentido de dar a conocer- de estas políticas, lo que ha de servirles, entre otros, a mejorar su reputación.
«La justicia es indispensable para la realización de los negocios». Cicerón, año 50 A.C.