Si están interesados en modificar su base de cotización (con la finalidad de aumentar la base de cálculo de la jubilación o la baja de incapacidad temporal por enfermedad, accidente o maternidad/paternidad, invalidez, viudedad, orfandad, etc.), les agradeceríamos que nos lo hicieran saber con la máxima antelación posible.
Adjuntamos, a título de ejemplo, una escala comparativa con algunas opciones:
Asimismo, les informamos que los trabajadores autónomos que, a 1 de enero de 2016, tengan 47 años de edad y cotizan en el RETA por una base inferior a 1.945,80 € mensuales no podrán elegir una base superior a 1.964,70 €, salvo que ejerciten su opción en tal sentido antes del 30 de junio de 2016.
Todas estas modificaciones, comunicadas hasta el 29/04/2016 tendrán efectos a partir de de julio de 2016.
Ante cualquier duda, no duden en consultarnos.
