Asesoría Fiscal, Laboral y Jurídica en Palma de Mallorca.

Más de 40 años de ejercicio profesional son tu garantía.

Soluciones a medida para empresas, autónomos y particulares en Mallorca

Nos adaptamos a tus necesidades.

Servicio y Profesionalidad a tu alcance

Estamos encantados de poder asesorarte.

Empresas

Nuestra misión es ofrecerte un asesoramiento integral de calidad en el ámbito fiscal, laboral y jurídico, independientemente del tamaño de tu empresa. Somos más de 15 asesores especialistas en diferentes áreas, dispuestos a ayudarte con la gestión de tus obligaciones.

Autónomos

Te acompañamos desde el inicio para que recibas un asesoramiento adecuado y así poder optimizar el pago de impuestos y evitar sanciones de las administraciones.

Particulares

Ponemos a tu disposición un amplio catálogo de servicios en el ámbito de tu relación con la Agencia Tributaria y la Seguridad Social.

Empleados de Hogar

Realizamos todo tipo de gestiones relacionadas con la contratación de un empleado/a de hogar.

¿Por qué Penta Asesores?

Experiencia y conocimiento especializado.

Más de 30 años en el sector, asesorando a las mejores empresas de Mallorca.

Ahorro de tiempo y recursos.

Optimiza tus recursos en tu actividad principal. Nos ocupamos del resto.

Asesoramiento personalizado.

Cada cliente es único, por eso nuestro asesoramiento es adaptable.

Cumplimiento normativo y fiscal.

Siempre al día con regulaciones fiscales y legales.

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Actualidad

Solicite la devolución del IVA soportado en países la UE

Si su empresa recibe facturas emitidas en un país de la UE (con IVA de ese país), podrá solicitar la devolución del IVA, pero sólo podrá obtener el reintegro en la medida en que dicho impuesto hubiese sido deducible de haberse soportado en España. Por ejemplo, la factura de un hotel, el alquiler de un coche o la entrada a una feria comercial son gastos relacionados con la actividad, por lo que el IVA soportado es deducible. Si ha soportado IVA en otro país de la UE por importe igual o superior a 400 euros, podrá solicitar la devolución sin esperar a final de año.

Declaración de las participaciones de empresas no cotizadas en el Impuesto sobre el Patrimonio

Los contribuyentes que estén obligados a presentar la declaración del Impuesto sobre el Patrimonio, y tengan participaciones en empresas no cotizadas, deben declararlas por el valor teórico contable resultante del último balance aprobado, si está auditado y la auditoría es favorable; en caso contrario, por el mayor entre dicho valor teórico contable, el valor nominal y el resultante de la capitalización al 20% del promedio de los beneficios de los últimos tres ejercicios. Las entidades están obligadas a suministrar a sus socios, asociados o partícipes, certificados conteniendo las valoraciones de sus respectivas acciones y participaciones.

Cita con Hacienda: Campaña de la Renta 2016

Nos permitimos recordarle que un año más llega la cita con Hacienda y se inicia LA CAMPAÑA DE PRESENTACIÓN DE LAS DECLARACIONES DE RENTA Y PATRIMONIO del ejercicio 2016, que arranca hoy, 5 de abril.