Empresas
Nuestra misión es ofrecerte un asesoramiento integral de calidad en el ámbito fiscal, laboral y jurídico, independientemente del tamaño de tu empresa. Somos más de 15 asesores especialistas en diferentes áreas, dispuestos a ayudarte con la gestión de tus obligaciones.
Autónomos
Te acompañamos desde el inicio para que recibas un asesoramiento adecuado y así poder optimizar el pago de impuestos y evitar sanciones de las administraciones.
Particulares
Ponemos a tu disposición un amplio catálogo de servicios en el ámbito de tu relación con la Agencia Tributaria y la Seguridad Social.
Empleados de Hogar
Realizamos todo tipo de gestiones relacionadas con la contratación de un empleado/a de hogar.
¿Por qué Penta Asesores?
Experiencia y conocimiento especializado.
Más de 30 años en el sector, asesorando a las mejores empresas de Mallorca.
Ahorro de tiempo y recursos.
Optimiza tus recursos en tu actividad principal. Nos ocupamos del resto.
Asesoramiento personalizado.
Cada cliente es único, por eso nuestro asesoramiento es adaptable.
Cumplimiento normativo y fiscal.
Siempre al día con regulaciones fiscales y legales.
¡Deja la planificación fiscal de tu empresa en manos expertas!
Obtén el máximo beneficio fiscal con nuestro asesoramiento especializado. Ahorra tiempo y evita errores. Confía en nuestra gestoría de confianza. ¡Consulta hoy mismo!
Actualidad
¿Cuándo se suspende un contrato de trabajo?
La suspensión del contrato consiste en que el contrato de trabajo sigue existiendo, está vigente, pero se interrumpen temporalmente las principales obligaciones del trabajador y del empresario, no hay prestación de servicios ni retribución.
Los peligros del «revolving»
Es bastante frecuente oír el término “revolving” asociado a un determinado tipo de tarjeta de pago. Son productos complejos que generan un número elevado de reclamaciones, ya que es habitual que en su comercialización se evite el propio concepto de “revolving”.
Cambios en la tributación de la transmisión de derechos de suscripción
Tenga presente que la Ley de reforma del IRPF, y con efectos desde el 1 de enero de 2017, ha modificado la norma para establecer que el importe obtenido por la transmisión de derechos de suscripción procedentes de los valores cotizados (sociedades cotizadas en bolsa) tendrá la calificación fiscal de ganancia patrimonial para el transmitente en el período impositivo en que se realice la transmisión.